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Gaceta Oficial N° 42.100: aumento de la Unidad Tributaria Ordinaria a Bs. 20.000,00.

Calendario de Contribuyentes Especiales 2021: Gaceta Oficial N° 42.038

Impresoras fiscales autorizadas según Providencia SNAT/2018/0141
La Providencia SNAT/2018/0141 fue publicada en la Gaceta Oficial N° 41.518 del martes 6 de noviembre de 2018 y publicamos una entrada al respecto, en esta oportunidad traemos las empresas y sus modelos de impresoras fiscales autorizadas. Esencialmente la novedad es la «subida» de forma automatizada y por Internet de todos y cada uno de los cortes zeta realizada con estos dispositivos fiscales.

Instructivo: Declaración de Impuesto a los Grandes Patrimonios
Publicado el lunes 30 de septiembre de 2019
Actualizado el viernes 11 de octubre de 2019
A partir del primero de octubre de 2019 comienza el período para declaración y pago del Impuesto a los Grandes Patrimonios, un tributo totalmente nuevo en Venezuela, en esta muy corta entrada orientamos al respecto, ¡veamos!

Anexo: Decreto N° 3.719, mediante el cual los sujetos pasivos que realicen operaciones en el territorio nacional en moneda extranjera o criptodivisas, autorizadas por la Ley, deben determinar y pagar las obligaciones en moneda extranjera o criptodivisas.
Decreto 35 del estado de excepción y emergencia económica
Decreto N° 35 en el marco del estado de excepción y de emergencia económica, mediante el cual los sujetos pasivos que realicen operaciones en el territorio nacional en moneda extranjera o criptodivisas, autorizadas por la ley, deben determinar y pagar las obligaciones en moneda extranjera o criptodivisas.
Bien pueden descargar el PDF desde:
- Este vuestro humilde sitio web, el documento resumido (solo hojitas, megabytes).
- Desde la página web del Tribunal Supremo de Justicia de Venezuela (o bien desde este enlace directo al documento completo, megabytes).
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Calendario de Contribuyentes Especiales 2019: Gaceta Oficial N° 41.546
Como siempre este vuestro blog KS7000 + WP , y como lo hacemos al comienzo de cada año, hoy traemos a publicación el calendario de contribuyentes especiales, en esta oportunidad lo transcribimos tal cual y con ayuda de captura de imágenes del contenido de la Gaceta Oficial N° 41.546.
Actualizado el día martes 17 de septiembre de 2019: «Calendario Kieran»
Utilicen el nuevo complemento para manejo de calendarios el cual vamos a modificar su código fuente para poder exportar las fechas en formato XML, JSON, etc. y cambio de idiomas, estamos entusiasmados con esto, mirad:
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Categoría | |
Contrib. Especiales RIF 0 y 5 | |
Contrib. Especiales RIF 1 y 2 | |
Contrib. Especiales RIF 3 y 7 | |
Contrib. Especiales RIF 4 y 8 | |
Contrib. Especiales RIF 6 y 9 |
Calendar developed and supported by Kieran O'Shea

Anexo: Providencia SNAT/2018/0141 que establece las normas relativas a imprentas y máquinas fiscales para la elaboración de facturas y otros documentos
A continuación transcribimos por medio de la tecnología del Reconocimiento Óptico de Caracteres (Optical Character Recognition, OCR ) la Providencia publicada en la Gaceta Oficial N° 41.518 del martes 6 de noviembre de 2018 , pueden descargar:
- Desde el portal judicial del Tribunal Supremo de Justicia de Venezuela, documento completo (página 4).
- Desde una copia íntegra y exacta de la Wayback Machine, documento completo (página 4).
- Desarrollos PNP, empresa con más de 30 años en el área, desarrollando sistemas administrativos, de punto de venta y circuitos electrónicos y debidamente autorizados por el SENIAT.
- Desde este vuestro humilde blog, versión reducida, 10 megabytes, solo con la Providencia.
Esta entrada fue actualizada el día sábado 18 de enero de 2020.

Gaceta Oficial N° 41.479: aumento de la Unidad Tributaria Ordinaria a Bs. S. 17,00.
El 20 de agosto de 2018 se llevó a cabo la segunda reconversión monetaria en nuestro país, en esta oportunidad con una tasa de cien mil a uno. Por ello la Unidad Tributaria que tenía un valor de un mil doscientos bolívares (fuertes) pasa valer 0,0120 Bolívares Soberanos y en esta oportunidad pasa a tener un valor de Bs. S. 17,00 con la particularidad de que el SENIAT especifica que solamente se utilizará para propósitos fiscales. Esto desdibuja la razón de ser de la Unidad Tributaria, por lo menos lo de la Unidad Tributaria Sancionatoria tenía algo de sentido pero esto no le encontramos justificación alguna.
Sin embargo, la ley es la ley y aquí se la traemos tal cual.
Pueden descargar la Gaceta Oficial N° 41.479 desde este vuestro humilde blog, tres hojitas.
Régimen Temporal de Pago de Anticipo del IVA e ISLR para Contribuyentes Especiales
«Régimen Temporal de Pago de Anticipo del IVA e ISLR para Contribuyentes Especiales» es el nombre más corto que se nos ocurre, el texto completo es el siguiente:
«Decreto Constituyente mediante el cual se establece el Régimen Temporal de Pago de Anticipo del Impuesto al Valor Agregado e Impuesto Sobre la Renta para los Sujetos Pasivos Calificados como Especiales que se dediquen a realizar actividad económica distinta de la explotación de minas, hidrocarburos y de actividades conexas, y no sean perceptores de regalías derivadas de dichas explotaciones.»
Fue promulgado por la Asamblea Nacional Constituyente en la Gaceta Oficial Extraordinario N° 6.396
y comenzará a regir a partir del 1° de septiembre de 2018.
Pueden descargar texto completo que incluye la Nueva Ley del IVA y la Nueva Ley del IGTF
desde este enlace en este vuestro humilde blog (PDF, 9 megabytes, 16 páginas).