Gaceta Oficial 41.479 sumario

Gaceta Oficial N° 41.479: aumento de la Unidad Tributaria Ordinaria a Bs. S. 17,00.

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El 20 de agosto de 2018 se llevó a cabo la segunda reconversión monetaria en nuestro país, en esta oportunidad con una tasa de cien mil a uno. Por ello la Unidad Tributaria que tenía un valor de un mil doscientos bolívares (fuertes) pasa valer 0,0120 Bolívares Soberanos y en esta oportunidad pasa a tener un valor de Bs. S. 17,00 con la particularidad de que el SENIAT especifica que solamente se utilizará para propósitos fiscales. Esto desdibuja la razón de ser de la Unidad Tributaria, por lo menos lo de la Unidad Tributaria Sancionatoria tenía algo de sentido pero esto no le encontramos justificación alguna.

Gaceta Oficial 41.479 sumario detalle
Gaceta Oficial 41.479 sumario detalle

Sin embargo, la ley es la ley y aquí se la traemos tal cual.


Pueden descargar la Gaceta Oficial N° 41.479 desde este vuestro humilde blog, tres hojitas.


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
MINISTERIO DEL PODER POPULAR DE ECONOMÍA FINANZAS
SERVICIO NACIONAL INTEGRADO DE ADMINISTRACIÓN
ADUANERA Y TRIBUTARIA

Tabla de contenido:

SNAT/2018/0129

Caracas, 3 de septiembre de 2018

208°, 159° y 19°

Quien suscribe, JOSÉ DAVID CABELLO RONDÓN, titular de la Cédula de Identidad N° V-10.300.226, Superintendente del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), de conformidad con lo dispuesto en el numeral 2 del articulo 2° del Decreto N° 3.413, de fecha 10 de mayo de 2018, mediante el cual se declara el Estado de Excepción y Emergencia Económica en todo el Territorio Nacional, dadas las circunstancias extraordinarias en el ámbito social, económico y político, que afectan el orden constitucional, la paz social, la seguridad de la Nación, las instituciones públicas y a los ciudadanos y ciudadanas habitantes de la República, a fin de que el Ejecutivo Nacional adopte medidas urgentes, contundentes, excepcionales y necesarias, para asegurar a la población el disfrute pleno de sus derechos, preservar el orden interno, el acceso oportuno a bienes, servicios, alimentos, medicinas y otros productos esenciales para la vida, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 41.394, de la misma fecha, prorrogado mediante Decreto N° 3.503, de fecha 09 de julio de 2018, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 41.435, de la misma fecha; y conforme a lo dispuesto en el numeral 15 del articulo 131 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Tributario, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 6.152 Extraordinario, de fecha 18 de noviembre 2014, en concordancia con lo establecido en el articulo 7° del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria, publicado en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 6.211 Extraordinario de fecha 30 de Diciembre de 2015.

Dicta la siguiente:

PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA

Articulo 1°.

Se reajusta la Unidad Tributaria en DIECISIETE BOLÍVARES SOBERANOS (Bs. S. 17,00).

Articulo 2°.

El valor de la Unidad Tributaria establecido en esta Providencia Administrativa sólo podrá ser utilizado como Unidad de Medida para la determinación de los Tributos Nacionales cuya recaudación y control sean de la competencia del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria, así como de las sanciones impuestas por este Servicio, no pudiendo ser utilizada por otros órganos y entes del poder publico para la determinación de beneficios laborales 0 de tasas y contribuciones especiales derivados de los servicios que prestan.

Por favor, lea también   SENIAT calendario de pago quincenal año 2020 para contribuyentes especiales

Articulo 3°.

La presente Providencia Administrativa entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela.

Comuníquese y publíquese.

José David Cabello Rondón superintendente SENIAT
José David Cabello Rondón superintendente SENIAT
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